SE DENUNCIO QUE LA SECRETARIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD ESTA LIMITANDO EL ACCESO A PNC MEDIANTE LA EXIGENCIA DE REQUISITOS ADMINISTRATIVOS NO PREVISTOS EN LA LEY

Se llevó a cabo en la Sede de la Defensoría del Pueblo, una -Reunión Informativa-, de la que participaron Funcionarios de la Municipalidad de la Ciudad de Clorinda, Sr. Subsecretario de Desarrollo Humano Alex Espíndola, la Sra. Directora de Asistencia Social Cinthia Ferreyra, la Sra. Referente de la Oficina de Discapacidad, Inclusión y Accesibilidad Laura Ferreyra y la Sra. Secretaria Administrativa Belén Arrúa, quienes fueron recibidos por la Defensora Adjunta Sylvina Portillo y Asesores Legales. La misma, tuvo como finalidad evacuar diversas consultas formuladas por los representantes municipales en relación a las ex Pensiones No Contributivas por Incapacidad Laboral, actualmente denominadas Pensiones No Contributivas por Discapacidad para Protección Social. Se denunció que los numerosos trámites de pensiones a pesar de reunir todos los requisitos exigidos legalmente, no vienen siendo otorgadas por el Gobierno Nacional a través de la ANSES. En lo que respecta a los expedientes sin movimiento, se indicó que, en primer término, corresponde verificar el estado del trámite a través de la clave de seguridad social en la plataforma de ANSES. Posteriormente, se debe remitir un correo electrónico a la Secretaría Nacional de Discapacidad a fin de consultar si existe algún requerimiento pendiente de estudios médicos. A partir de dicha gestión, pueden presentarse dos situaciones: * por un lado, que se informe la necesidad de aportar estudios médicos complementarios, en cuyo caso el solicitante deberá cumplimentarlos y remitirlos por la misma vía; * o bien, que se comunique la inexistencia de novedades en el expediente, supuesto en el cual corresponde promover un pronto despacho.
En relación a la actualización del historial médico de quienes ya son beneficiarios, se explicó que la remisión de los estudios médicos debe realizarse por correo electrónico, utilizando las casillas personales de cada titular del beneficio. Por otra parte, en cuanto al inicio de nuevos trámites, se informó que, conforme a lo establecido en la Ley de Emergencia en Discapacidad, resulta necesario contar previamente con el Certificado Único de Discapacidad. Luego, los interesados deben concurrir al Centro de Salud correspondiente a fin de solicitar la carga del Certificado Médico Oficial (CMO) en formato digital. Se aclaró que, una vez efectuada la misma por el profesional médico, es necesario aguardar su impacto en el sistema para poder realizar el seguimiento del expediente a través de la plataforma “Mi ANSES”. Asimismo, se dejó expresamente aclarado que, el CUD no reviste carácter obligatorio para quienes ya son beneficiarios de la prestación; no obstante, desde esta Defensoría se recomendó su tramitación a todas aquellas personas que reúnan los requisitos, en atención a los beneficios adicionales que el mismo conlleva. Por último, el Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, advirtió que, la Secretaria Nacional de Discapacidad ha comenzado un proceso de Auditorías y Reordenamiento de las PNC, arrojando sus primeras definiciones administrativas bajo el esquema de Universos Operativos.
Los Universos Operativos se dividen de la siguiente manera: * Universo A (Conversión simplificada): agrupa a los titulares cuyos datos poseen una consistencia registral suficiente. Al no presentar novedades relevantes, la transición de su beneficio es automática. * Universo B (Conversión con validación reforzada): incluye casos con incidencias menores que el Estado buscará subsanar mediante un nuevo contraste de información oficial, sin requerir inicialmente la acción del titular. * Universo C (Conversión compleja): reúne los legajos con inconsistencias que demandan una intervención técnica específica y fundamentalmente, la participación del beneficiario para asegurar su derecho de defensa. Por lo que, sugirió que ante cualquier duda o necesidad de asesoramiento gratuito, los interesados concurran a la Sede de esta Institución o se comuniquen ante los correos electrónicos Institucionales [email protected] – [email protected] y/o a los teléfonos 370 4436379 – 4436320 – 0800 444 1770.
Reclaman modificaciones y aclaraciones a la Secretaria de Discapacidad de Nación: es que el nuevo esquema establece un proceso de conversión de oficio que clasifica a los beneficiarios en tres categorías A, B y C, según el grado de consistencia de su información registrada. Mientras que los grupos A y B avanzarían con procedimientos administrativos simplificados, el denominado universo o grupo C deberá actualizar datos y presentar documentación adicional en un plazo de 30 días hábiles para evitar la suspensión del beneficio. Este punto genera una preocupación concreta. Cuando se trata de prestaciones destinadas a poblaciones especialmente vulnerables, los procedimientos administrativos no pueden transformarse en barreras que terminen restringiendo el acceso a derechos. A esto se suma un elemento que no puede pasarse por alto. En la Argentina continúa vigente una Ley de Emergencia en Discapacidad -hasta diciembre- cuyo objetivo es fortalecer las políticas de protección. En ese contexto, cualquier modificación en el sistema de pensiones debe garantizar que no se generen situaciones que puedan derivar en la pérdida de derechos o en interrupciones injustificadas de ingresos para personas que, lamentablemente, dependen de estas prestaciones para su subsistir.
